Mineral de la Reforma, Hgo., a 31 de diciembre 2023.
● Todas las personas trabajadores tienen derecho a recibir el pago del aguinaldo
● La Secretaría del Trabajo proporciona orientación gratuita sobre este derecho
La Ley Federal del Trabajo (LFT) protege a las y los trabajadores cuando las y los patrones no les han pagado el aguinaldo, señaló el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH), Oscar Javier González Hernández.
El secretario indicó que la instrucción del gobernador Julio Menchaca Salazar es
hacer equipo con el sector productivo, sin embargo es de vital importancia que las
y los empresarios cumplan con sus obligaciones y una de ellas es el pago de
aguinaldo.
Recordó que este derecho de todas y todos los trabajadores se encuentra estipulado en el artículo 87 de la LFT y establece que el pago del aguinaldo es una obligación del patrón y un derecho irrenunciable de parte del trabajador.
Insistió en que el pago de este derecho, debe realizarse antes del 20 de diciembre de cada año y el monto mínimo es de 15 días de salario; o si no se trabajó el año completo, deberá ser la parte proporcional.
En caso de que esta prestación no se pague a tiempo, el trabajador tiene un año a partir del 20 de diciembre para reclamar el pago según la ley, refirió.
Aquellos patrones que no paguen el aguinaldo en tiempo y forma pueden recibir una multa económica. El artículo 1002 de la misma ley establece que por violaciones a las normas de trabajo se impondrá al infractor multa por el equivalente de 50 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización, precisó.
De acuerdo con el valor de la UMA en 2023, esta multa sería de entre 5 mil 187 y 518 mil 700 pesos.
El monto final dependerá de varios factores, incluyendo el hecho de que exista o no dolo en la negación del pago del aguinaldo, explicó el secretario.
Carretera Pachuca-Ciudad Sahagún No. 1955, Parque Industrial CANACINTRA, Mineral de la Reforma, Hgo. C.P. 2186
Tels. 771 717 6000 ext. 2764 www.hidalgo.gob.mx
El aguinaldo es un derecho irrenunciable de las y los trabajadores y en ningún caso el patrón o patrona podrán argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe.
Las y los trabajadores pueden acercarse a la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo ubicada en carretera Pachuca- Cd Sahagún, No. 1955, Parque Industrial Canacintra, Mineral de la Reforma, tercer piso, para recibir asesoría personalizada o comunicarse al teléfono 771 71 3 67 88.
También pueden acudir al Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo, ubicado en avenida Benito Juárez, No. 394, Ex Hacienda de la Concepción, San Agustín TAlaxiaca o llamar a los teléfonos 771 688 56 20 y 771 688 60 19, puntualizó el titular de la STPSH.