Carmen Morales

¡SE ACABO LA IMPUNIDAD DE MOROSOS !

EL REGISTRO NACIONAL DE OBLIGACIONES DE DEUDORES Y ACREEDORES

El Senado de la República aprobó por unanimidad con 84 votos a favor la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios, el cual será de carácter público y comprenderá diversas limitantes para las personas registradas. El proyecto, derivado de una serie de reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, garantizará que personas deudoras de manutención cumplan con sus obligaciones y menores de edad puedan gozar de la pensión alimenticia, Conforme al dictamen aprobado, un deudor moroso no podrá participar como candidato a cargos de concejiles y de elección popular, jueces y magistrados en el ámbito local o federal. “En las solicitudes de matrimonio, el Juez del Registro Civil hará del conocimiento si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro, mencionando la situación que guardan respecto de las obligaciones que tiene”, reza el dictamen aprobado. Las autoridades federales competentes, además, instrumentarán las medidas de restricción migratoria que establezcan que ninguna persona inscrita en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias pueda salir del País cuando sea deudor alimentario moroso o existan medios de prueba que permitan al juez determinar la existencia de un riesgo importante de que la salida del País sea utilizada como un medio de evasión de pago. La minuta fue aprobada por la Cámara de Diputados y enviada al Senado desde 2019; sin embargo, quedó congelada por cuatro años hasta que la senadora Olga Sánchez Cordero presidenta de la Comisión de Justicia, la rescató. Fue aprobada por las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos Primera el pasado 22 de febrero y pasada al Pleno este miércoles 22 de marzo, donde fue aprobada. Será remitida al Poder Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Ahora cada persona deberá presentar el certificado de no inscripción al Registro Nacional de Deudores Alimentarios para la realización de ciertos trámites, tales como: solicitud de permisos y licencias para conducir; trámite de pasaporte o documento de identidad de viaje, así como trámites ante notario, referentes a la compra-venta de inmuebles y cesión de derechos y no podrán salir del país. Asimismo, el certificado deberá presentarse para solicitudes de matrimonio, donde en caso de sí estar dentro del padrón el Registro Civil informará a los solicitantes sobre las deudas alimentarias del registrado. Además, en caso de ser deudor alimentario moroso, no se podrá participar como candidato a cargos de elección popular o cargos concejiles, ni se podrá ser parte de procesos para la designación de personas juzgadoras (magistrados o ministros).