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Rosario Robles se ampara ante «La Estafa Siniestra»

La exsecretaria de Desarrollo Social, Rosario Robles Berlanga, contra una resolución judicial en la que le negaron el sobreseimiento de la acusación por el delito de omisión en el caso de la Estafa Maestra.

Los magistrados del Noveno Tribunal Colegiado dejaron sin efecto lo dictado por un juez y le ordenaron emitir una nueva resolución de la solicitud de sobreseimiento, tomando en cuenta los planteamientos de los abogados de la exfuncionaria.
El abogado de Rosario Robles, Epigmenio Mendieta, interpuso un amparo para que un juez se pronunciara sobre cuál vía tendría que ser primero para resolver el caso, si la administrativa o la penal.

“Yo digo que tiene que ser la administrativa, porque así lo establece el artículo 109 de la Constitución”, señaló.

Sin embargo, el juez le respondió que no hace falta hacer el análisis porque ya hay una jurisprudencia que dice que la vía administrativa no riñe con la vía penal y que son vías independientes o autónomas, y que se pueden resolver ambas.

«Respecto a mi petición el juez fue omiso e incumplió una de las obligaciones que planteamos: la necesidad de hacer un control de constitucionalidad para derivar cuál de los dos preceptos establecidos resulta aplicable para el caso de la señora Rosario Robles», dijo.

«Uno está por vía administrativa en la Ley del Presupuesto Federal y el otro está en el Código Penal, establecen exactamente lo mismo. Lo que yo le digo al juez en aquella audiencia, es cuál de los dos preceptos es el que se le tiene que aplicar a Rosario y cuál es el que tiene principio de prelación. Significa cuál vía tiene que ser primero y yo digo que tiene que ser la administrativa», señaló.

Consideró que el caso de la exfuncionaria en el sexenio de Enrique Peña Nieto debió abordarse por la vía administrativa, ya que no hubo afectación patrimonial. «En el caso de Rosario no hay contenido patrimonial, porque a ella la acusan de un delito de omisión, entonces yo creo que tenemos muchas posibilidades», refirió.

De esta manera, el Noveno Tribunal Colegiado dejó sin efecto lo dictado por el juez y como consecuencia de ello deberá emitir una nueva en la que se tomen en cuenta todos los argumentos del abogado de la exfuncionaria y que resuelva bajo estos principios.

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