La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las Afores podrán ser embargadas para garantizar el pago de pensiones a menores de edad, en casos donde existan obligaciones alimentarias incumplidas.

La decisión, tomada por mayoría, busca proteger los derechos de los niños y adolescentes que dependen económicamente de sus padres o tutores. 

La medida permite que las administradoras de fondos para el retiro intervengan en situaciones de incumplimiento, garantizando el acceso a recursos para la manutención y educación de los menores.

El fallo genera un precedente importante en materia de derecho familiar, ya que amplía las posibilidades de garantizar la pensión alimenticia sin depender exclusivamente de procesos judiciales prolongados. Especialistas destacan que, aunque se trata de una medida excepcional, puede aplicarse de manera más ágil frente a casos de abandono económico.

El Poder Judicial subrayó que los embargos a Afores deberán aplicarse bajo estrictos criterios legales, respetando los derechos de los padres y tutores, y asegurando que la intervención sea proporcional a la obligación pendiente.

La resolución ha sido celebrada por organizaciones de protección infantil, que consideran que representa un avance en la defensa de los derechos de los menores. Sin embargo, abogados en derecho civil advirtieron que la medida podría generar controversias en la interpretación de la ley y su aplicación práctica.

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