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En el Barrio El Arbolito
PENSIONADOS DEL IMSS E ISSSTE DEBEN DECLARAR
Pensionados del IMSS e ISSSTE deben presentar la declaración anual del SAT en estos casos
Se acerca la fecha para que las personas físicas presenten su declaración anual ante el SAT, y aunque no todos están sujetos a esta obligación, aquellos que sí deben hacerlo tiene que cumplir el requisito en tiempo y forma para evitar multas.
Si eres pensionado del IMSS e ISSSTE debes tomar esto en cuenta, ya que si caes en estos casos debes hacer declaración anual ante Hacienda.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) informó que las personas jubiladas o retiradas deben presentar la declaración anual cuando:
* El monto de sus ingresos supere los 400 mil
* Si la persona tiene dos pensiones o más, sin importar en monto. (Por ejemplo, si alguien tiene una pensión del IMSS y otra por viudez)
* Si el pensionado obtiene ingresos de algún otro régimen, como arrendamiento o actividad empresarial.
El SAT informa que los ingresos por jubilaciones o pensiones se encuentran exentos de ISR siempre y cuando no excedan de 43 mil pesos al mes.
No hacer la declaración anual puede ser tomada como ovación fiscal, estipulado en el Código Fiscal de la Federación, en el artículo 109, apartado ‘V’.
De acuerdo con dicho artículo, las multas pueden ir desde los 14 mil 239 a 28 mil 490 pesos. Esto es en caso de que tu declaración no sea hecha en tiempo y forma.
“Omita o no presente por más de 12 meses las declaraciones que tengan carácter de definitivas, así como las de un ejercicio fiscal que exijan las leyes fiscales, dejando de pagar la contribución correspondiente”.
¿Cuándo se puede exceptuar el pago del ISR por jubilación o pensión?
Los contribuyentes están exentos del pago del ISR en caso de jubilaciones, pensiones o retiro laboral; siempre y cuando el monto diario no exceda 15 veces el salario mínimo del estado en el que se encuentra la persona física, según el artículo 93, fracción IV de la Ley del ISR.